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departamento de orientación

“Nunca consideres el estudio como un deber, sino como una oportunidad para penetrar en el maravilloso mundo del saber.” Albert Einstein

Es evidente que la Orientación es para el Sistema Educativo y, para nuestro centro en particular, un elemento esencial que favorece la calidad y mejora de la enseñanza. Una prueba de ello es que la Ley de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE, 1990) estableció en su articulo 60 que “las administraciones educativas garantizarían la orientación académica, psicopedagógica y profesional de los alumnos”. Sin embargo, ya en la LODE (Ley Orgánica del Derecho a la Educación, 1985) en su artículo 6.f se estableció que “la orientación es un derecho que tienen todos los alumnos/as”. Derecho que por otra parte, “debe ser garantizado durante toda la escolaridad no universitaria como algo inherente a la educación”. Desde entonces, en casi todas las Leyes referentes a educación siempre se ha hecho manifiesta la importancia de los Departamentos de Orientación como facilitadores del proceso de ayuda continua a todas las personas, con una finalidad de prevención y desarrollo académico, personal y profesional.

Bajo este concepto de orientación psicopedagógica se reúnen las distintas manifestaciones o ámbitos de la orientación:

Ámbitos de la acción orientadora
Orientación Académica o Escolar
Pretende ayudar al alumno en su proceso de aprendizaje, en el desarrollo de sus aptitudes y en su integración al centro.
Orientación Profesional
Pretende asesorar al alumno en la elección de sus estudios y/ o profesión posteriores en función de sus aptitudes e intereses, permitiendo que sea un sujeto activo y consciente al dejar el centro.
Orientación Personal
Contribuye al desarrollo global de la persona, a la formación integral del alumno, facilitando que se conozca así mismo en lo que se refiere a las aptitudes, valores, intereses,…